REVISTA SEMANAL 6
13-Mar'09
Calatrava consigue hacer que prevalezca su derecho moral sobre el interés público en el caso del puente Zubi-Zuri
La Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Bizkaya acaba de estimar parcialmente el recurso interpuesto por la defensa del arquitecto Santiago Calatrava frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº1 de Bilbao, según la cual la alteración sufrida por su obra (a la que se añadió una pasarela de acceso para facilitar el tránsito peatonal hacia las torres Isozaki), con la consiguiente violación a su derecho moral, debía ser tolerada “en atenciónal servicio público al que dicha obra atiende”.
La Audiencia Provincial discrepa de la sentencia recurrida porque estima que dicho interés público no se ve alterado en la medida en que el acceso al controvertido puente puede realizarse “sin necesidad de que sufriera modificación alguna y, posteriormente, acceder hasta la Alameda de Mazarredo por otros medios (rampas, escaleras, ascensores) que, para la culminación definitiva del PGOU, la Administración hubiera podido arbitrar”.
La alteración y consiguiente perjuicio al derecho moral del arquitecto se materializa en que la entidad municipal y las empresas que participaron en la ejecución de las obras posteriores “crearon una determinada situación objetiva previa -el Puente Zubi Zuri, ideado, construido e incluso recibido por el Ayuntamiento- para, posteriormente, sin consentimiento ni conocimiento del Calatrava, modificar su obra, alterarla en uno de sus laterales y continuarla mediante otra pasarela cuyo prestigioso autor tiene un estilo en el arte de la arquitectura absolutamente distinto al del recurrente“.
El ayuntamiento ha sido condenado a pagar 30.000 euros al arquitecto valenciano por violación de sus derechos morales, cantidad muy alejada de los 3 millones de euros que reclamaba el mismo. La valoración del daño moral a los autores ha sido, y por lo visto, sigue siendo, una cuestión muy compleja para los jueces, quienes parecen haberse puesto de acuerdo en una suma que se repite una y otra vez en este tipo de sentencias condenatorias.
Universal gana el juicio contra FBT, antigua editora de Eminem, por las regalías digitales
El jurado de este proceso judicial americano ha votado a favor de la postura de Universal, quien fue demandado por FBT Productions por considerar que los artistas debían percibir una parte del pastel de los ingresos netos de las ventas digitales, frente al sistema actual de regalías, en el que las ventas digitales de música son tratadas como acuerdos tradicionales por distribución física.
YouTube bloqueará el acceso a ciertos contenidos musicales para los usuarios británicos
La inglesa PRS (Performing Rights Society) ha conseguido obtener de YouTube el bloqueo a los usuarios ingleses de los contenidos musicales de sus socios, si bien su intención, como declaran sus portavoces, no era el bloqueo sino el pago por parte de YouTube de unas tasas más elevadas , ya que los acuerdos de ésta con las principales majors tan sólo cubre los derechos de comunicación pública, mientras que los derechos de reproducción permanecen en manos de las editoriales.
Ambas partes descargan la culpabilidad de esta medida sobre la otra, argumentando YouTube que las tasa reclamadas por PRS son absolutamente desproporcionadas, mientras que PRS dice sentirse “outarged, shoked and disappointed” por la puesta en marcha de esta medida, y considera en cambio que YouTube es quien ha pretendido en todo momento bajar significativamente lo pagado en la actualidad.
Las negociaciones siguen sin embargo su curso, si bien YouTube ha querido justificar la comunicación de esta decisión por el hecho de que los propios usuarios iban a sufrir inmediatamente la medida restrictiva.
La Excepción echa un órdago a Warner
El grupo de Hip-Hop español, liderado por el mediático Juan Manuel Montilla “El Langui”, ha decidido lanzar su nuevo disco a espaldas de su productora, Warner, ofreciendo la descarga de su nuevo disco “La verdad más verdadera” gratis en la web, a través de la página oficial del grupo.
El enfrentamiento con el sello musical viene de lejos, ya que en su día denunciaron el contrato que las unía a la major, considerando que el mismo era abusivo. En efecto, el contrato obligaba al grupo a abonar un 5% de lo recaudado por los conciertos y giras, a lo que se negó el trío madrileño, pidiendo en cambio la resolución del contrato, que fue rechaza por la compañía. A continuación el problema surgió de la canción “A tientas” compuesta exclusivamente para la película “El truco del manco“, por la que el líder obtuvo un goya al mejor actor revelación. Warner reclamó la supresión de dicha canción por considerar que se había utilizado sin su consentimiento, pero la productora de la película hizo oídos sordos.
Así las cosas, La Excepción, defendidos por su abogada Mónica Sevil, dan por resuelto el contrato y se consideran libres de explotar sus canciones de la manera que más les convenga, y han decidido seguir los pasos de otros grupos (el más sonado fue el caso de Radiohead, hace ya más de un año) y poner a disposición de los usuarios el álbum entero, de forma gratuita, y se escudan en que, de haberlo hecho a través de otra productora distinta de Warner, ésta acabría recibido inmediatamente amenazas de la major.
La batalla judicial no ha hecho más que empezar.


Departamento de propiedad intelectual y nuevas tecnologías (Bardají & Honrado | Abogados).

